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OBLIGACIONES ADICIONALES DEL REGISTRO DEL REPSE (TEMA: OUTSOURCING)

Por: Antonio Guerra Pérez Maldonado y Andrés Guerra Ibarra

Fecha: 15 de julio del 2021


La reforma del “outsourcing” prohíbe toda subcontratación de personal suministrado de una empresa a otra, buscando la erradicación de la vulneración de los derechos de los trabajadores. Los cambios a la Ley Federal del Trabajo, sin embargo, permite la subcontratación de servicios y/u obras especializadas que tiene por objeto poner a disposición a trabajadores propios en beneficio de un tercero, a fin de que ejecute lo solicitado, siempre que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria.


Las empresas que brinden servicios u obras especializadas deberán registrarse debidamente ante el REPSE (Registro de Prestación de Servicios), el cual deberá renovarse cada tres años, debiendo las “Empresas REPSE” cumplir con las obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social que conllevan.


El registrarse en el REPSE contiene efectos internos administrativos tanto para quien se inscribe, así como para el beneficiario de quien utilice el servicio especializado, por lo que, a continuación, describimos las obligaciones adicionales que tanto los prestadores de servicios como las empresas beneficiarias deberán tomar en cuenta:


Empresas que se inscriba en REPSE deberán:

  1. Darse de alta ante INFONACOT;

  2. Obtener el registro en el REPSE y cada 3 años renovarlo;

  3. Proporcionar cuatrimestralmente la información de los contratos celebrados, los trabajadores y sus salarios al IMSS e INFONAVIT

  4. Entregar al cliente copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores y de sus cuotas de Seguridad Social

  5. Entregar al cliente, la declaración de entero de las retenciones de impuestos

  6. Según nuestro análisis particular, inscribirse en el PORTAL ANTI-LAVADO DE DINERO por ejercer la actividad de subcontratación y cumplir con las obligaciones en esta materia.

  7. Identificar plenamente a sus trabajadores mediante la imagen, nombre, gafete o código de identidad que vincule a dichos trabajadores con la empresa que presta el servicio especializado

Los CLIENTES/BENEFICIARIOS de una empresa REPSE que ponga a disposición trabajadores, deberá:

  1. Recibir del subcontratista, copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores y de sus cuotas de Seguridad Social

  2. Recibir del subcontratista, la declaración de entero de las retenciones de impuestos y de pago del IVA.

  3. Verificar el cumplimiento del subcontratista en materia de ANTI LAVADO DE DINERO por ejercer la actividad de subcontratación.

  4. Verificar que no sea publicado en las listas de Contribuyentes que emiten Facturas con operaciones simuladas.

  5. Identificar plenamente a los trabajadores propios de los trabajadores subcontratados mediante la imagen, nombre, gafete o código de identidad que vincule a dichos trabajadores con la empresa que presta el servicio especializado

Es importante distinguir entre subcontratación de servicios u obras especializadas con simples relaciones mercantiles o comerciales que son, por lo que implican, especializadas. El hecho de estar registrado ante el REPSE no hace que todos tus contratos sean de subcontratación de carácter laboral, pues es posible que sea exclusivamente civil / mercantil y por ende pueden no aplicarte las disposiciones antes mencionadas.


Tip del Tema: Cada caso y cliente (contrato) tienen variantes distintas.

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