LEY SILLA : ALCANCES Y RESPUESTAS TRAS SU ENTRADA EN VIGOR
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Por: Lic. Axel Cazares Ochoa
Fecha: 7 de enero del 2026
En nuestro blog publicado el 3 de marzo de 2025, analizamos el decreto conocido como “Ley Silla”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024, el cual introdujo dos obligaciones principales para los patrones:
· Realizar un análisis.
· Registrar en las actas de la Comisión de Seguridad e Higiene.
· Determinar el nivel de riesgo individual.
· Proveer el asiento o silla con respaldo adecuado.
· Asegurar que el mobiliario cumpla requisitos
· Implementar medidas técnico-administrativas complementarias.
· Informar a las personas trabajadoras.
· Señalizar las áreas.
· Canalizar a atención médica.
En ese momento señalamos que la reforma entraría en vigor el 17 de junio de 2025, y que sería necesario esperar la emisión de criterios y lineamientos por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para aclarar diversos conceptos. Hoy, con la reforma ya vigente, es posible responder de manera práctica a las principales dudas que surgieron.
¿Qué debe entenderse por “descansos periódicos”?
La ley no establece tiempos ni pausas específicas. No se trata de descansos adicionales, sino de alternar la postura de pie y sentado para evitar afectaciones a la salud.
¿Qué sucede si la naturaleza del trabajo no permite sentarse?
La ley admite esta posibilidad, siempre que esté debidamente justificada. En estos casos, el patrón debe documentar las razones técnicas o de seguridad que impiden el uso del asiento y, en su caso, implementar medidas alternativas, como rotación de tareas o pausas activas.
¿Es suficiente contar con un área lounge o comedor?
No necesariamente. El descanso debe poder realizarse durante la jornada y en condiciones razonables, por lo que un área de descanso lejana o limitada únicamente al tiempo de comida no garantiza el cumplimiento de la obligación.
¿El tiempo de comida cumple con el descanso periódico?
No. El descanso para alimentos no sustituye el derecho del trabajador a sentarse durante la jornada cuando sus funciones lo permitan.
¿Qué consecuencias existen por incumplir la Ley Silla?
El incumplimiento puede considerarse una violación a las obligaciones patronales, lo que puede derivar en multas, requerimientos por parte de la STPS y observaciones durante inspecciones laborales.
¿Existen excepciones a la aplicación de la ley?
No existen excepciones automáticas. Solo es válido limitar el uso del asiento cuando estar sentado comprometa la seguridad o la naturaleza del puesto, siempre que dicha situación esté respaldada y documentada.
¿Pueden los trabajadores exigir descansos adicionales?
No. La ley no otorga descansos ilimitados, sino el derecho al uso razonable del asiento cuando la actividad lo permita.
Adecuaciones internas
A partir de la entrada en vigor de la reforma, los centros de trabajo cuentan con un plazo de 180 días, que concluye el 14 de diciembre de 2025, para realizar las adecuaciones necesarias a su Reglamento Interior de Trabajo y protocolos internos. Si bien no es obligatorio incorporarlo al Contrato Colectivo, sí es altamente recomendable regularlo internamente.Precisiones recientes
La STPS informó que a partir del 15 de diciembre de 2025 quedaron plenamente exigibles todas las disposiciones derivadas de la Ley Silla. En particular, señaló como obligatorias:
Contar con sillas o asientos con respaldo en el propio puesto de trabajo, o bien en un área cercana, acordando las pausas necesarias cuando no sea posible colocarlos directamente en el puesto.
Haber adecuado el Reglamento Interior de Trabajo, incorporando los factores de riesgo por bipedestación, las pausas durante la jornada y la ubicación y disponibilidad de los asientos.
Asimismo, la STPS informó que el cumplimiento de la Ley Silla será verificado dentro del Programa Anual de Inspección 2026, por lo que resulta indispensable que las empresas cuenten con evidencia documental de su implementación.
Con la entrada en vigor de la Ley Silla, las obligaciones patronales ya son exigibles. Su correcta implementación es sencilla, pero requiere atención y documentación.




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